El acto de la vista oral, también llamado " juicio" es el momento decisivo, tiene lugar ante el órgano encargado del enjuiciamiento, momento en que se practican las pruebas a instancias de todas las partes , y con la presencia del Juez o Magistrados que presiden el Tribunal, momento por tanto en que se presencia la practica de las pruebas, y por tanto donde se puede valorar e interpretar las mismas, lo que dará lugar a la convicción judicial de absolver o condenar, siendo la segunda instancia via recurso de apelación o devolutivo, lo que comporta que al no estar presente no pueden beneficiarse de la inmediación, esto es, va a prevalecer siempre la interpretación del Juez donde se ha celebrado la prueba, la vista oral, lo que exige máximo interés para la defensa, y momento decisivo y vital, a salvo de una interpretecaión errónea objetivamente, cuestión en todo caso dificil siempre de demostrar.
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